Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la presente acción intimatoria, incoada por el Abogado RONALD CAZORLA MARCANO, en su carácter de endosatario en procuración de la ciudadana LISMELYS CASTILLO, en contra de la ciudadana ENELIDE DEL VALLE LOPEZ CARIEL, todos suficientemente identificados up supra. Déjese copia certificada del instrumento cambiario, en el copiador de sentencia.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DIARICESE Y DEJESE COPIA.-
Dada Firmada y Sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- Maturín, 22 de Abril de 2008. AÑOS: 197º de la Independencia y 149º de la Federación.-
El Juez,
Abg. Gustavo Posada
La.....