En virtud de la declaratoria precedentemente señalada, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto con fundamento en lo dispuesto en el artículo 447 ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal, por los Ciudadanos Abogados RAIZA ARCIA DE MARQUEZ y CARLOS AUGUSTO MARQUEZ ARCIA, Defensor Privado del acusado CARLOS ALBERTO VIDAL CARRASQUEL, contra de la decisión dictada en fecha 23-07-2009, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal N° NP01-P-2008-002244, que de conformidad con el articulo 376 del Código orgánico Procesal Penal, CONDENÓ al acusado: CARLOS ALBERTO VIDAL CARRASQUEL, a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y san.....