RESUMEN
Fue recibida en fecha 26-06-2023, y admitida el 29-06-2023, en este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Punta de Mata, el escrito de la solicitud de divorcio fundamentada en (DIVORCIO DE FORMA UNILATERAL POR DESAFECTO) Basado el Artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la Sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los ciudadanos; RAÚL JIMENEZ GIL venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.224.611, domiciliado en el Sector Centro, Calle Leocadio Rivero, Casa N° 15, en la Población Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas; con Teléfono de Contacto 0292-3372694, contra BILMA COROMOTO GIL BELLO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-15.802.850, con domi.....