Mediante decisión este Tribunal decreto el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa a favor de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, conforme a lo establecido en los articulos 615, 561 literal "d" de la LOPNNA, 19 y 24 de la CRBV, 2 y 418 del Código Penal, 5.5 de la convención de America Derechos Humanos, 40.2.b.iii de la Convención sobre los derechos del niño, 20 Reglas de Beijiang, 10.2.b del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos.