Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley COMPUTA Y EJECUTA la Sanción que cumplirá el ciudadano IDENTIDAD OMITID. La Sanción aplicada es bajo la Medida PRIVATIVA DE LIBERTAD por el lapso de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES y DIECISEIS (16) DIAS DE PRIVACION DE LIBERTAD, según lo establecido en los artículos 620, 622 y 628 Parágrafo Segundo literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente, en perjuicio ciudadana GRECIA ANGELINA VELÁSQUEZ GONZALEZ. Faltándole por cumplir de la medida Privativa de Libertad UN (01) AÑO SIETE (07) MESES Y DOS (02) DÍAS. El sitio de reclusión donde el sancionado cumplirá la sanción privativa de libertad, se determinará luego de celebrada AUDIENCIA el día Martes 21-06-2011 a las .....