Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con apego a los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 02 de abril de 2014, por la ciudadana GRICEL LILIBETH GASCON PALACIOS, parte demandada en el presente juicio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio DEILYS FAJARDO, en contra de la decisión de fecha 20 de marzo de 2014, proferida por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En consecuencia se CONFIRMA en todas sus partes la sentencia apelada en los términos antes expuestos.-