Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil Bienes de Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO, ejercido por la ciudadana: YURANI JOSEFINA MANZANO MORENO, en contra del auto de fecha 24 de Octubre de 2011, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar. SEGUNDO: CONFIRMA el auto de fecha 24 de Octubre de 2011, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar. TERCERO: ORDENA remitir el presente asunto al Tribunal de la causa. QUINTO: SE CONDENA en costas a la parte apelante.