En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Inadmisible la demanda de CONVOCATORIA DE ASAMBLEA, interpuesta por el ciudadano ANGEL LUIS MEZA , venezolano, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad N° V-11.010.906, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JESUS FARIAS TINEO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.083, contra la sociedad mercantil FRIGORIFICO EL BOTELLON, C.A., inscrita inicialmente por ante el Registro Mercantil llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 20 de Septiembre de 1993, anotado bajo el N° 245, folios 339 al 343, Tomo "E"., toda vez que si bien era cierto que la referida .....