es por lo que este Juzgado en u todo de acuerdo con las normas mencionadas, y luego de la revisión minuciosa del caso que nos ocupa, una vez verificado que la presente acción se admitió por el procedimiento intimatorio, ordenándose el resguardo de cheques que o fueron acompañados a la demanda y la apertura de cuaderno de medidas que o fue solicitado por a accionante y como quiera que dicho error es de estricto orden público, a criterio esta Juzgadora, lo cual tentó contra el debido proceso, lo cual no es convalidable, ni aún con el consentimiento expreso de las partes y por ende tal formalidad vicia efectivamente la certeza del acto procesal y para no violar normas de orden público, como lo es, la institución del debido proceso, al derecho a la defensa que tienen las partes, al proceso mismo y al estado social de justicia al cual hemos hecho referencia, en este sentido, de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en los artíc.....