En consecuencia de ello, este Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la ACCIÓN MERO DECLARATIVA intentada por el ciudadano: LORENZO RAFAEL VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.376.061, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio GUALBERTO REQUENA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.354.367, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.522 y de este domicilio. Así se decide.