Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 7,12, y 650 del Código de Procedimiento Civil, así como en conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se declara PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada MARIA EUGENIA VEGAS CALDERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 233.202, en su carácter de endosataria en procuración de la ciudadana MIGDALIS ROJAS, parte actora, en contra del auto dictado en fecha 02/07/2025, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha Dos (02) de Julio de Dos Mil Veinticinco (2025) profe.....