En razón de lo antes expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO:SEREVOCA el auto de fecha (17) de Marzo de Dos Mil Veintitrés (2023), dictado Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas: SEGUNDO:Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de apelación ejercido por la ciudadana ROCIO LOPEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 258.647 en contra del auto de fecha diecisiete (17) de Marzo de Dos Mil Veintitrés (2023), dictado Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, y se revoca el auto de por el referido Tribunal.TERCERO:SE DECRETAN LAS SIGUIENTES MEDIDAS:1.- La realización de un inventario de los bienes que integraron la comunidad conyugal de.....