El Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en interés de los Niños y/o Adolescentes, administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de acuerdo a lo establecido en el Artículo 267 del Código Civil, acuerda AUTORIZAR: A la ciudadana DALISMAR DEL CARMEN SALAZAR GAMBOA para que en nombre y representación de su hija plenamente identificada, retire y reciba cheque de Gerencia que a la orden de este Tribunal, debe emitir T. ADRITICA C.A., por la cuota parte que le corresponda a la beneficiaria por Prestaciones Sociales, Pensión de Sobrevivientes del Seguro Social, Quincenas vencidas y no pagadas, Caja de Ahorros, Seguro de Vida, Los Ahorros de la Ley de Política Habitacional, y cualquier otro beneficio que les corresponda, con la aludida relación con el fallecido padre ciudadano SANTOS EULISE BEJARANO