DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Con relación a la causa en la cual aparece como victima el ciudadano (IDENTIDAD RESERVADA), ABSUELVE al ciudadano (IDENTIDAD RESERVADA), venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, por haber nacido en fecha 18-03-88, de 18 años de edad, soltero, Indocumentado, hijo de Gisela Estrada (v) y de padre desconocido, Ayudante de Carpintería, y domiciliado en Paramaconi, calle 4 casa 44, cerca del Comedor del Paramaconi, Maturín Estado Monagas, por no haberse demostrado en el debate Oral y Privado, la participación del mismo en los hechos, por los cuales se le acusó, como es el delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en los artículos 458 y 277 del Código Pen.....