Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro actuando en Sede Constitucional, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer, tramitar y sustanciar la presente Acción de Amparo Constitucional.
SEGUNDO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano JORGE ALEJANDRO RODRÍGUEZ BERMÚDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.044.308, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado Tomas Quijada, titular de la cédula de identidad N° 14.507.742, inscrito en el Instituto de Previsión de Abogado, bajo el N° 104.340, contra la JUNTA DE BENEFICENCIA PÚBLICA SOCIALISTA DEL ESTADO MONAGAS.
Se ordena la notificación de las partes a los fines legales consiguientes.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho .....