En consecuencia, atendiendo al razonamiento expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Santa Bárbara y Aguasay de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 754 del Código de Procedimiento Civil se declara, INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos YENIFHER LISSETT NATERA ORTIZ y JESUS DAVID URBANO MATA BARRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 24.502.323 y V-23.898.791, respectivamente asistidos por el abogado en ejercicio MEHERWINS ARGENIS SANCHEZ BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.170; y por tanto, DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cedeño de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, todo de conform.....