Es por los razonamientos antes expuestos, que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Estado Monagas, en base a sus atribuciones legales, y luego de REVISAR la MEDIDA PRIVATIVA PREVENTIVA JUDICIAL DE LIBERTAD que pesa sobre ABNER MOISES HERRERA, considera que lo ajustado a Derecho es MANTENER la misma, en los términos dictados por el Juez de control.-
Regístrese la presente decisión, déjese copia y notifíquese a las partes.-
LA JUEZA,
ABG. MARY ALEJANDRA ORTEGA A.
El Secretario
ABG. KEDIN CALDERON