Por todas y cada una de las razones que anteceden, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con base en los artículos 185-A del Código Civil, 12 del Código de Procedimiento Civil y 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara, CON LUGAR la acción intentada. En consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos DENYS RAMON TOVAR JIMENEZ y DILENNYS CAROLINA ROMAN LUGO, ya identificados. Por cuanto los cónyuges convinieron el régimen de los hijos, oídos previamente estos conforme al Artículo 80 de la LOPNA, este Tribunal HOMOLOGA dicho Régimen