DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por considerar que ha evolucionado lentamente, haciéndose necesario reforzar valores, normas, conocimientos oficios, a fin de lograr el pleno desarrollo de sus capacidades y la convivencia familiar así como promover la realización de alguna actividad constructiva que le sirva para su futuro y así reinsertarse favorablemente a la sociedad y en consecuencia, el adolescente ha cumplido desde el día 09 de Marzo del 2009, oportunidad en la cual se realizó el computo de su sanción, CUATRO (04) MESES Y CINCO (05) DÍAS, lo cual sumado al mes de llevaba para el momento de la ejecución suma un total de CINCO (05) MESES, Y CINCO (5) DÍAS, de cumpli.....