RESOLUCIÓN N° PJ007-2013-00287. Se decreta el decaimiento de la medida privativa judicial preventiva de libertad decretada en fecha 14-08-2011, en la persona de los acusados JESUS ALEJANDRO CARIPE, OSCAR JOSÉ ORTIZ GUZMAN y ANGEL DAVID MUNDARAY RODRIGUEZ, titulares de la cédula de identidad Nº 19.781.975, 25.273.346 y 20.616.944, respectivamente, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, ello de conformidad con el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto ha transcurrido más de dos años, estando los acusados privados de libertad, sin que se haya producido una sentencia definitiva y sin que exista solicitud de prorroga por parte del Ministerio Público, en consecuencia se declara CON LUGAR la solicitud del defensor de medida cautelar sustitutiva, ello de conformidad con lo pautado en el artículo 230 y 242 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal.