DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en los artículo 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: CON LUGAR la inhibición propuesta por el Abogado JOSE TOMAS BARRIOS MEDINA, en su condición de Juez del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de Protección de Niños Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, por encontrase incurso en el numeral 12° del Articulo 82 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Se dispone, en consecuencia, que el referido Juez debe desprenderse del conocimiento de la incidencia tramitada en el expediente numero 012014, contentivo de la recusación formulada en contra la Abogada LUDMILA RIVERA, en su carácter de Jueza del Tribunal .....