éste Tribunal de conformidad con los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA a la Directora de Registro Civil del Municipio Maturín y a la Registradora Principal del Estado Monagas, hacer la debida nota marginal en el ACTA DE MATRIMONIO en cuestión, colocando en la misma, lo siguiente: MILITZA ALEJANDRA HERNANDEZ Y FELIX ANTONIO TORCAT MARQUEZ.- La primera expuso ser Venezolana, Soltera, de Oficios del Hogar, Con Cédula de Identidad 9.282.816, de Diecinueve años de edad, por haber nacido el día Veinte de Enero de Mil Novecientos Sesenta y Uno, natural de Santa Barbara, de este Estado y de este domicilio, hija de: CARMEN ANTONIA HERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, y domiciliada en esta ciudad de Maturín.- El segundo expuso ser venezolano, soltero, Cobrador, Titular de la cédula de identidad número 8.366.464, de veintidós años de edad, por haber nacido el día: Diecis.....