Por todo lo expuesto anteriormente, de conformidad con lo establecido en los artículos 546 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 156, 165 y 168 del Código Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA OPOSICIÓN hecha el día 08 de diciembre de 2.014; por la ciudadana BLEIRIS GONZALEZ ROMERO, contra la Medida de Embargo Ejecutivo decretada en este juicio el día 11 de junio de 2014, la cual se mantiene.
No hay especial condenatoria en costas.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DIARÍCESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Maturín, a los veintiséis (26) días del mes de Enero del año dos mil Quince (2015). Años: 204º de la Independencia y.....