Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal PRIMERO DE DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos YFRAIN JOSE ZACARIAS y PUREZA DUEÑAS CORDOBA Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad Nros 8.401.532 y 9.859.774 asistidos por el abogado CESAR AUGUSTO ACEVEDO e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.620 y de este domicilio, según Matrimonio de fecha 16 de Marzo 1980 celebrado por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO URACOA, DISTRITO SOTILLO DEL ESTADO MONAGAS y TERRITORIO DELTA AMACURO, lo cual consta en acta de Matrimoni.....