declara INADMISIBLE la demanda intentada por el ciudadano PABLO RAMÓN ROJAS LÓPEZ, venezolano, mayor d edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.694.692 y de este domicilio, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS PROGRESS, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, bajo el N° 39, Tomo 1-A, de fecha 16 de Octubre de 1.997, debidamente asistido por el abogado en ejercicio OSWALDO ALEJANDRO GAETANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.224; en contra de la Sociedad Mercantil MILES & 3H CONSTRUCTORA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, anotada bajo el N° 40, Tomo A-10, de fecha 28 de Diciembre del año 2.000, por las razones anteriormente expresadas. Así se decide.-