Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de de Control de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley UNICO: Sustituye la Medida que pesa sobre el adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART 65 LOPNNA, (plenamente arriba identificados), de Detención para la Identificación prevista en el articulo 558 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Nina y del Adolescente, por decaimiento de la misma por las medidas cautelar contenida en el literal "c" y "f" del artículo 582 de la misma Ley, es decir deberá presentarse por ante el Departamento de Trabajo Social de este Circuito Judicial Penal, cada Treinta (30) días, debiendo iniciar sus presentaciones el 17-05-10 a partir de las 8:00 AM hasta la 1:00 PM. Se deja constancia que mediante llamada telefónica al Centro Socio Educativa General Jos.....