éste Juzgado Primero en Funciones de Control, Audiencias y Medidas en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Impartiendo Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplimiento del régimen de prueba por suspensión condicional del proceso, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo dispuesto en el artículo 48 numeral 7 ejusdem, en la causa seguida al ciudadano RONALD ALFREDO MILLAN RANGEL, , de 26 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: María Rangel (V) y de Alfredo Millán (V), de profesión u oficio Latonero natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 21/10/1984, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.176.583, domiciliado en: Santa Elena de las P.....