´PRIMERO: Este Juzgado de Alzada, declara SU COMPETENCIA para conocer, sustanciar, tramitar y decidir el presente recurso de apelación. Así se Declara.-
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR, el (Recurso de Apelación) ejercido e interpuesto por el Abogado Daniel Palomo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad n°V-13.475.113, inscrito en el Instituto de Prevision Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el n° 92.848, actuando como defensor de la ciudadana ELIZABETH DEL VALLE MONTANER DE ALZOLAY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad n° V- 3.049.927, CONTRA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en fecha 22 de Septiembre del 2.025, en el juicio por motivo de Accion Restitutoria por Despojo, en la cual declaro inadmsible la demanada. ASÍ SE DECIDE.-
TERCERO: Como consecuencia del particular anterior se REVOCA, la decisión proferida por el Juzgado Primero De Primera Instancia.....