Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Obligación de Manutención intentada por la ciudadana DAMELYS DEL CARMEN MOROCOIMA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.538.426, y domiciliada en el Parquecito Carrera 3, casa Nº 69, a una cuadra del Tanque de Agua, Maturín Estado Monagas en representación de su hijo (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), venezolano, niños de dos (2), años de edad, y de este domicilio, contra el ciudadano ROMMEL ELIAS ZAMORA REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.091.171, y de este domicilio.