Hechas las consideraciones que anteceden, se observa que en atención a lo peticionado se desprende del contenido de la inspección judicial realizada, que la hoy quejosa tiene entre otros a su disposición diversos refrigeradores en los cuales tienen contenidos distintos productos perecederos, equipos esos, que por ser de su propiedad pueden ser retirados del inmueble y ponerse en operación en un lugar distinto, de allí que no se acredite en este caso, el peligro inminente que las cantidades observadas pierdan su utilidad, razón por la cual no entiende quien decide acreditados o llenos los extremos de ley para la procedencia de la cautela solicitada. Así se decide.
En consecuencia, por todos los razonamientos de hecho y de derecho interpuestos, esta Sentenciadora declara IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. Así se decide.
Se ordena la notificación de las partes, a los fines legales consiguientes.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estad.....