Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, LIBERTADOR Y URACOA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCION ORDINARIA DE LA INSTANCIA, tal como ésta contemplado en el Código de Procedimiento Civil en su artículo 267 en la demanda presentada por la ciudadana MARIA RAFAELA LEPAGE RUIZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.958.311, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio CARLOS JAVIER VARGAS YEYES, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 69.672.- contra los ciudadanos: LESBIA JAMESSON, YENIREE APARICIO, DANIELA LARA, MILAGRO MARCANO, ESIKA AMUNDARAI, YENESA MARCANO, YAMILETH OCHOA, ROSMIN GUERRA, MARITZA MENDOZA, JOHAN LUGO, ERIKA MORENO, KEILIBETH MOSQUEDA, ANYELIS CARABALLO, ERIKMAR GONZALEZ, ANGELICA VALERO, IRMA NARANJO, JOSE LUIS SAGARAY, YUREIKA MARCANO, DAINY BELLORIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Céd.....