En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE la medida REGLAS DE CONDUCTA, que cumple el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ha dado cumplimiento a la Medida REGLAS DE CONDUCTA por el lapso NUEVE (09) MESES y CINCO (05) DIAS, y le falta por cumplir DOS (02) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS. Impóngase del presente auto al sancionado. Todo conforme a los artículos 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se fija como fecha de próxima revisión el 13 de Mayo de 2011. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Público y a la Defensa Pública Especializada. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social de esta Sección Penal de Adolescentes.