DECLARA:
Primero: CON LUGAR la demanda que por Nulidad de Acto Administrativo, tiene intentada el Ciudadano CIRO ANGEL RAMONE HERNANDEZ, identificado, representado por la abogada JHULITZA R. MOLINA RODRIGUEZ, igualmente identificado, en contra DEL ESTADO MONAGAS,
Segundo: NULA el acto de ejecución material contenido en la Notificación realizada por la Administración por considerar INEXISTENTE, la supuesta Resolución No. 003, cuya existencia no fue probada y
Tercero: ORDENA, el reingreso de la recurrente a su puesto de trabajo como Comunicador Social III en la Dirección de Salud del estado Monagas o a uno de igual categoría y remuneración y el pago de los sueldos dejados de percibir desde la inexistente separación del cargo, hasta su definitiva reincorporación a su puesto de trabajo.
Notifíquese de esta decisión al Procurador General del Estado en virtud de lo dispuesto en el Artículo 84 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y 33 de la Le.....