UNANIMIDAD, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ABSUELVE, al ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), quien es venezolano, de 16 años de edad, por haber nacido en fecha 20/08/88, natural de Maturín del Estado Monagas, soltero, hijo de MARITZA GUZMAN (v) y de ALEXIS SARABIA (v), titular de la cédula de identidad N° (OMITIDA), , residenciado el Barrio Pinto Salina, calle Las Mercedes, Casa S/N, Maturín del Estado Monagas, por el del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 405 del Código Penal Venezolano Vigente, en concordancia con el Artículo 424 ejusdem, en perjuicio del ciudadano KELVIN ENRIQUE GONZALEZ, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 602 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se ORDENA la Cesación de las Medidas Cautelares impuestas con anterioridad.