Por todo lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY : DECRETA: El Sobreseimiento de la presente causa seguida al ciudadano JOSE ANTONIO D´USTACHIO SANTOS, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, titular de la cédula de identidad Nº 6.868.637, de 37 años de edad, nacido en fecha 21/05/67, de estado civil casado, hijo de Ana Santos (V) y de Bruno D´ustachio (V), de profesión u oficio comerciante, domiciliado en VALENCIA ESTADO CARABOBO, SAN JUAQUIN URBANIZACION LA CAMACHERA QTA. MI NIETO F-15, en virtud de haber cumplido las condici0ones por las cuales se decreto la Suspensión Condicional del Proceso, seguida por el delito de Trato Cruel, previsto y sancionado en el artículo 254 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en rela.....