Este Tribunal Primero de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial penal del Estado Monagas, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en virtud del uso de la figura de admisión de los hechos por parte del adolescente, SANCIONA CONFORME AL PROCEDIMIENTO POR ADMISION DE LOS HECHOS, al joven adulto MIGUEL IDENTIDAD OMITIDA, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 27.559.874, quien es venezolano, de 18 años de edad, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 13/08/1998, hijo de NORMELIS EULALIA GOMEZ (V) y LEONEL ALCALA (V), quien tiene su domicilio: Sector Edgar Serrano, calle 69, casa 75, cerca de la Escuela Bajo Caripe, Municipio Bolívar, Estado Monagas. Teléfono: No posee", por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal en concordancia con el articulo 83 ejusdem, y POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO establecido en el articulo 111 de la.....