II
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Nor Oriental, con competencia en los estados Amazonas, Anzoátegui, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Nueva Esparta, Sucre y Guayana Esequiba, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR ABANDONO DEL TRÁMITE, en la acción de Amparo Constitucional incoado con solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por los abogados Luis Gonzalo Monteverde Mancera, Juan Domingo Alfonzo Paradisi, Héctor Cardoze Rangel y Gustavo Marín García, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 14.643, 28.681, 38.672 y 70.406, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil VENCEMOS, C.A., contra la ADUANA PRINCIPAL DE PUERTO SUCRE, con sede en la ciudad de Cumaná, estado Sucre.
Publíquese, regístrese y archívese el expedie.....