D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos antes expuestos, y en virtud de la Solicitud Fiscal, este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL ESTADO MONAGAS, EN FUNCION DE JUICIO Y DE MANERA MIXTA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Se ABSUELVE, de manera UNANIME al ciudadano JOSE DAVID RODRIGUEZ, venezolano, natural del Estado Monagas, de 24 años de edad, por haber nacido el 13-05-1984, domiciliado en la Calle 05, casa N° 27, El Nazareno, Maturín Estado Monagas, y titular de la cédula de identidad N° 17.548.249, de la ACUSACION presentada en su contra por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, establecido en el artículo 458 concatenado con el 83 ambos del Código Penal, y por los hechos acontecidos en fecha 04 de Agosto de 2007 y que dieron origen al presente asunto.-
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