DISPOSITIVO.
En vista de que la parte demandada se dio por citada, como se dijo en la parte motiva de esta sentencia, y promovió sus pruebas el ultimo día de la articulación probatoria, fueron declaradas inadmisibles las testimoniales, que son en realidad, la columna vertebral de los interdictos posesorios, ni tampoco presento informes en el lapso estipulado para ello, y por cuanto las pruebas aportadas por la parte demandante incluidas las testimoniales ofrecidas, y ratificado como fue el justificativo de testigo promovido junto con la Querella Interdictal Restitutoria, prueba ésta fundamental en la presente causa, son consideradas de gran valor probatorio, en consecuencia, este sentenciador la otorga como plena prueba, ya que con las mismas se logra resolver la cuestión planteada en juicio, siendo que éstas aportan elementos de convicción, mencionando circunstancias de tiempo, modo y lugar en que sucedieron los hechos, así como la identificación de los ciudadanos que cometieron el.....