Ahora bien mediante oficio N° 893-08 de fecha 19-05-2008, emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta Ciudad, suscrito por la Delegado de Prueba Licenciada Gladis Pérez Marcano, se informa a este Tribunal que el ciudadano JORGE LUIS SALAZAR, a quien el 17-10-2006 este Despacho le otorgara el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, que desde ese misma fecha y hasta el 13-05-2008 cumplió satisfactoriamente las condiciones impuestas por el Tribunal, apreciando igualmente el juez que decide que, de la revisión del Sistema Juris 2000 se evidencia que el penado cumplió con las presentaciones ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por lo que, verificado que el penado JORGE LUIS SALAZAR, cumplió a cabalidad y satisfactoriamente con los requisitos exigidos al serle otorgada la medida de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena que gozaba, no existiendo hasta la presente fecha informe de conducta en contrario, éste Tri.....